Derecho4El artículo 2.2 del Código Penal establece que las leyes penales que favorezcan a los condenados tendrán efectos retroactivos aún en el caso de que ya existiera sentencia firme y se estuviera cumpliendo la pena.

Dado que la nueva Ley de Libertad de Garantía Sexual ha modificado las horquillas de las penas de los tipos penales que recogen delitos de naturaleza sexual, se están produciendo revisiones de condena para decidir si procede una rebaja de la misma en aquellos casos en los que la horquilla de la pena es ahora inferior a la contemplada en la redacción anterior de los artículos por ser más favorable para el reo.

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dia violencia"Todos los días 25 N" es el lema de AEG Abogada, para conmemorar el Día Internacional contra la Violencia de Género que se celebra todos los 25 de noviembre.

AEG Abogada es un despacho sevillano cuya titular lleva más de una década dedicada a la defensa de mujeres víctimas de violencia machista así como de sus hijas e hijos, haciendo una defensa jurídica integral y acompañamiento a lo largo de todo el procedimiento judicial

VG28La letrada titular de AEG Abogada, Doña Aida Escudero García, ha impartido la charla "Entender la violencia de género" para las mujeres integrantes de la Asociación Cultural de Mujeres Macondo, que preside la jurista Elisa del Pozo y que tiene su sede en el Centro de Educación para personas adultas José Sánchez Rosa, en el popular barrio de Pino de Montano.

Durante la Charla se ha abordado el concepto de violencia de género, los distintos tipos de violencia hacia las mujeres que existen, los delitos vigentes en esta materia, así como el desarrollo de los procedimientos penales que se tramitan por este tipo de delitos. 

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VG3AEG Abogada es un despacho radicado en Sevilla capital cuya trayectoria viene avalada por más de diez años de experiencia en la defensa jurídica de personas víctimas de todo tipo de delitos.

Destacando igualmente la especialización en la defensa de mujeres víctimas de violencia de género y de sus hijas e hijos en todo tipo de procedimientos penales y de familia. 

La formación y experiencia de la letrada titular del despacho garantizan un trato personalizado a cada víctima y el acompañamiento jurídico a lo largo de todo el procedimiento judicial

VG33La recientemente aprobada Ley Orgánica 10/2022, de 6 de septiembre, de Garantía Integral de la Libertad Sexual, ha incorpado a nuestro Código Penal el delito de acoso callejero, introduciendo un nuevo apartado en el artículo 173.4 CP, que castiga a quienes "se dirijan a otra persona con expresiones, comportamientos o proposiciones de carácter sexual que creen a la víctima una situación objetivamente humillante, hostil o intimidatoria, sin llegar a constituir otros delitos de mayor gravedad". 

La incorporación de este delito a nuestro ordenamiento jurídico supone un avance en la lucha de la violencia hacia las mujeres, sin embargo, España no ha sido un país pionero a la hora de regular penalmente este tipo de situaciones ya que muchos otros países lo han hecho con anterioridad, así cabe cita a Bélgica que aprobó en 2014 una ley contra el acoso callejero, Perú que desde 2014 cuenta con una ley que define el acoso sexual callejero, Holanda lo regula desde 2017 y Francia y Reino Unido desde 2018, Chile desde 2019 y Costa Rica desde 2020.

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13Los días 8 y 9 de noviembre se ha celebrado en la ciudad de Sevilla el 13 Congreso Internacional para el Estudio de la Violencia hacia las Mujeres, dedicado este año a los distintos tipos de violencia que se producen sobre las mujeres por el simple hechos de serlo: violencia sexual, económica, laboral...

Se ha prestado especial atención a la nueva Ley 10/2022, de 6 de septiembre, de Garantía Integral de la Libertad Sexual, que introduje importantes novedades como la supresión de la distinción entre delitos de agresión y abuso sexual, la incorporación al código penal del delito de acoso callejero y el tipo específico de delitos de naturaleza sexual cometidos contra quien sea o haya sido pareja o ex pareja de la víctima. 

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Derecho1El Real Decreto 586/2022, de 19 de julio sobre modificación del Reglamente de Asistencia Jurídica Gratuita aprobado por Real Decreto 141/2021, de 3 de marzo, exige a los/as abogados/as que prestan asistencia jurídica gratuita a víctimas de violencia de género, de terrorismo, de trata de seres humanos y a víctimas de cualquier delito que sean menores de edad o con discapacidad necesitadas de especial protección, que no tengan antecedentes penales por este tipo de materias o que estén cancelados.

Esta nueva exigencia supone una especial garantía para las víctimas, que podrán sentirse más seguras y confiar plenamente en los profesionales jurídicos que ejerzan su defensa en los procedimientos judiciales.

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Derecho4En el despacho celebramos un nuevo caso de éxito, en este caso hemos conseguido que la Audiencia Provincial de Sevilla estime un recurso de apelación presentado contra una sentencia dictada por un juzgado de lo Penal, lo que ha supuesto que se estime, tal y como solicitábamos, la petición de la aplicación de la atenuante tardía de confesión, con la conseguiente rebaja de condena para nuestro cliente.

AEG Abogada es un despacho ubicado en Sevilla capital especializado en la defensa jurídica en todo tipo de procedimientos penales, en los que actuamos como acusación o defensa.

VG12La letrada titular de AEG Abogada ha conseguido que se condene en dos procedimientos distintos a un maltratador que ejercía violencia de género sobre su pareja actual y sobre su ex pareja. El hombre, que profería expresiones vejatorias a ambas mujeres a las cuales llegó a amenazar y agredir, ha sido condenado en ambos procedimientos y tiene prohibido aproximarse y comunicarse por cualquier medio con sus víctimas.

AEG Abogada es un despacho sevillano especializado en la defensa jurídica integral de mujeres víctimas de violencia de machista y de sus hijas e hijos, ofreciendo una atención personal e individualizada a cada clienta.

pension 2Desde AEG Abogada hemos conseguido, a través del correspondiente procedimiento judicial, que una clienta víctima de violencia de género pudiera cobrar la pensión compensatoria que tenía reconocida judicialmente.

Nuestra clienta, dedicada toda su vida al cuidado de los hijos y las tareas del hogar, llevaba casi diez años sin percibir la pensión, encontrándose en una situación económica precaria. Se trataba de un caso de violencia económica, un tipo de violencia de género muy habitual. 

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