código penalLas faltas reiteradas e injustificadas de asistencia de los menores de edad a los centros educativos pueden descandenar en una situación de absentismo escolar y en los casos más graves podría darse la circunstancia de que fiscalía solicitara la apertura de un procedimiento penal contra los progenitores por un delito de abandono de familia.

El delito de abandono de familia viene recogido en el artículo 226 del Código Penal y contempla penas de prisión de tres a seis meses o multa de seis a doce meses, así mismo se contempla la posibilidad de que se acuerde la inhabilitación para ejercer la patria potestad, tutela guarda o acogimiento familiar por tiempo de cuatro a diez años.

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Abogada libre elecciónLa letrada titular de AEG Abogada, Dña. Aida Escudero García, ha impartido por segundo año consecutivo la charla de inicio de curso para la Asociación de Mujeres Macondo

Durante la conferencia, titulada "El día a día de la violencia de género", la letrada ha explicado a las asistentes el ciclo de la violencia de género así como los distintos tipos de violencia de género, utilizando para ello el relato "Diario de una Víctima" del cual es autora y que se encuentra publicado en el libro "Dejando atrás la violencia" de la editorial Hades

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pension huerfanos vg 1La exploración judicial de los menores suele ser relativamente frecuente en el marco de un procedimiento judicial de divorcio o de guardia y custodia de hijas/os no matrimoniales, cuando no existe acuerdo entre los progenitores respecto de aspectos fundamentales que afecten a los menores como puede ser el régimen de estancias y comunicaciones.

Las exploraciones de los menores de doce años suelen ser realizadas por los equipos psicosociales, siendo habitual que la exploración de menores que ya han alcanzado los 12 años las realicen las/los fiscales y jueces/as del juzgado en el cual se esté tramitando el procedimiento judicial en cuestión. 

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lecrim1El artículo 255 del Código Penal recoge el delito de defraudación de fluido eléctrico, gas, agua y telecomunicaciones, castigando a su autor con pena de multa de 1 a 3 meses si lo defraudado no excede de 400 euros y multa de 3 a 12 meses si excede de 400 euros.

Por su parte el artículo 256 del Código Penal castiga con pena de multa de 3 a 12 meses a quien use un terminal de telecomunicaciones sin consentimiento de su titular y multa de 1 a 3 meses si el perjuicio no excede de 400 euros.

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yoEl pasado 26 de mayo del presente tomó posesión en el Ilustre Colegio de Abogados de Sevilla la nueva Junta Directiva de la Asociación de la Abogacía Joven de Sevilla, habiendo sido nombrada la titular de AEG Abogada, la Letrada Doña Aida Escudero García, como vocal 3ª de dicha agrupación. 

A raíz de dicho nombramiento la abogada ha abogada ha sido entrevista por la periodista colaboradora de El Correo de Andalucía Doña Rosa Rodríguez Cárcela, entrevista en la cual han hablado sobre las funciones y reivindicaciones de la Asociación así como de la actual situación de la abogacía y de la justicia. 

https://elcorreoweb.es/espana/reivindicamos-la-profesionalidad-de-los-jovenes-abogados-independientemente-de-nuestra-edad-BX8624322

pension 2El impago de la pensión de alimentos de las hijas e hijos que esté acordada judicialamente puede constituir un delito cuando se produzcan dos impagos consecutivos o cuatro no consecutivos, tal y como recoge el Código Penal, pudiendo establecerse una condena consistente en pena de prisión o de multa.

Así mismo la condena por un delito de abandono de familia, en su modalidad de impago de pensión de alimentos supondrá la obligación de pagar en concepto de responsabilidad el importe correspondiente a las cantidades adeudadas más los intereses.

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cláusula sueloEn AEG Abogada podemos celebrar un nuevo caso de éxito, la Sección 8ª de la Audiencia Provincial de Sevilla ha estimado un recurso de apelación que presentamos contra una Sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia nº 27 de Sevilla, en la resolución impugnada no se aplicaba correctamente la cláusual de un contrato de arrendamiento de vivienda que establecía que el dinero abonado en concepto de fianza podía destinarse a sufragar los impagos de los recibos de luz de la vivienda. 

En este supuesto el arrendador de la vivienda reclamaba a nuestro cliente, antiguo inquilino, una deuda en concepto de impago de varios recibos de luz y durante el juicio se discutió el importe de dicha deuda, alegando nuestro despacho la importancia de la correcta aplicación de las cláusulas del contrato, habiendose estimado nuestras pretensiones en la segunda instancia, lo cual ha supuesto una rebaja considerable de la deuda que tendrá que abonar nuestro cliente.

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gestación subrogadaEn España la gestación subrogada no es legal, así lo establece el artículo 10 de la Ley 14/2006, de 26 de mayo, sobre técnicas de reproducción humana asistida, que recoge que es nulo cualquier contrato en el que se acuerde la gestación de una mujer que renuncie a la filiación materna a favor de otra persona, con independencia de que medie precio o no.

Dado que en España la gestión subrogada no es legal aquellos/as españoles/as que desean recurrir a este método para tener hijos/as suelen acudir a determinados países en los cuales está práctica si es legal y posteriormente proceder a la inscripción del bebé como ciudadano español.

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contrato de arrasEl contrato de arras es aquel en virtud del cual las partes firmantes adquieren el compromiso de llevar a cabo una operación de compraventa en un determinado plazo y condiciones y se fija la cantidad que la parte compradora abonará a la vendedora en concepto de señal.

Existen diversos tipos de contratos de arras, los cuales deben contener una serie de información mínima para que tenga validez por lo que es importante estar contar con un buen asesoramiento jurídico.

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Derecho1El artículo 80 del Código Penal recoge los requisitos que deben darse para que sea posible suspender una pena de prisión firme y evitar así el ingreso en la cárcel. En ocasiones los juzgados y tribunales pueden condicionar la suspensión al cumplimiento de una serie de requisitos adicionales, como ocurre en los casos de condenas por delitos de violencia de género, en cuyo supuestos el artículo 83 del Código Penal recoge que las suspensión estará condicionada a que el condenado no se aproxime a la víctima, no se comunique con ella y realice programas sobre igualdad.

También es importante recordar que el Código Penal establece que en los casos de delitos que sólo pueden ser perseguidos previa denuncia del ofendido, los juzgados y tribunales tienen que oír al afectado antes de conceder la suspensión de la ejecución de la pena.

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