nóminaRecientemente el Tribunal Supremo ha cambiado el criterio que venía sosteniendo respecto a la obligatoriedad de las empresas de entregar a sus trabajadores las nóminas en soporte papel. El Tribunal considera que el hecho de que la empresa facilite a los trabajadores las nóminas en soporte informático no vulnera ningún derecho en tanto en cuanto considera que el trabajador que quiera su nómina en soporte papel no tiene más que imprimir el documento. 

El Tribunal Supremo justifica este cambio de criterio en la utilización generalizada de medios informáticos así como en el hecho de que con tal actuación no se produce la vulneración de ninguna norma laboral.

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