mediacinEn diversos Juzgados de familia de Sevilla se remiten algunos asuntos al servicio de mediación intrajudicial, en el cual se ofrece a las partes la posibilidad de someterse a varias sesiones de mediación para que intenten llegar a un acuerdo que les permita resolver los conflictos que les llevaron a iniciar el procedimiento judicial.

El sometimiento de las partes al proceso de mediación es voluntario, por lo que pueden renunciar a participar en el mismo aunque el Juzgado les haya remitido al servicio de mediación intrajudicial.

En caso de que las partes decidan someterse al procedimiento de mediación, si logran llegar a un acuerdo, los abogados de las partes, posteriormente, le dan forma jurídica a las soluciones alcanzadas y las ponen en conocimiento del Juzgado.

En los casos en los que las partes decidan no someterse al proceso de mediación o en aquellos supuestos en los que tras varias sesiones de mediación las partes no logran llegar a ningún acuerdo, el procedimiento judicial continúa su curso habitual.    

El servicio de mediación familiar intrajudicial sólo entra en juego una vez que se ha iniciado un proceso judicial, pero las partes antes de interponer acciones judiciales pueden optar por acudir a servicios de mediación privada.

En AEG Abogada, desde los inicios de la andadura del despacho, apostamos por ofrecer un servicio de mediación familiar a aquellos de nuestros clientes que antes de iniciar un procedimiento judicial de divorcio, reclamación de alimentos, liquidación de la sociedad de gananciales, régimen de visitas u otros, quieren recurrir a este método alternativo de resolución de conflictos para intentar dirimir sus diferencias.