parejas de hechoPor pareja de hecho debe entenderse la unión de dos personas que tienen una relación de afectividad asimilable a la conyugal, que conviven de forma estable y que se encuentran inscritas en el correspondiente registro.

En España no existe una normativanacional que regule las parejas de hecho, existiendo diversas normativas autonómicas que se encargan de regir la materia, como es el caso de la Ley andaluza.

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impago de pensiónAquellos personas que se encuentran obligadas, en virtud de alguna resolución judicial, al abono de una pensión de alimentos o pensión compensatoria a favor de sus hijos o ex cónyuge, puede incurrir en la comisión de un delito si decidiera no pagar las cantidades que se encuentran obligadas a satisfacer.

Para que el impago de la prestación económica fijada judicialmente constituya delito, basta con que se deje de pagar durante dos meses consecutivos o cuatro no consecutivos, siendo las penas previstas en el Código Penal para esta conducta delictiva, la de multa o prisión.

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autotutelaLa autotutela es un instrumento que permite a las personas mayores de edad y con capacidad de obrar, designar un tutor o tutores que velen por sus intereses para el caso de que en el futuro se vuelvan incapaces.

La finalidad de la autotutela es que aquella persona que prevea que en un futuro puede convertirse en incapaz para regir sus bienes y su propia persona, con antelación a dicha situación de incapacidad, designe a una o varias personas para que se encarguen de suplir su falta de capacidad.  

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separación de bienesEl régimen de separación de bienes es uno de los tres regímenes económicos matrimoniales entre los que pueden optar las parejas cuando contraen matrimonio.

El régimen de separación de bienes se caracteriza por que cada contrayente es propietario tanto de los bienes que tuviera antes de contraer matrimonio como de los que adquiera con posterioridad, pudiendo disponer de ellos sin necesidad de contar con el consentimiento de su cónyuge. Las parejas que opten por este régimen económico tienen que saber que cada cónyuge deberá contribuir a los gastos del matrimonio de forma proporcional a sus ingresos.

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boda ante notarioDesde julio de 2015, debido a una modificación legislativa, resulta posible contraer matrimonio ante notario y ante los secretarios judiciales. Esto supone que los contrayentes que opten por un matrimonio civil tienen la posibilidad de casarse no sólo ante el juez, alcalde o concejal correspondiente, sino también ante un notario o secretario judicial.

Para saber el coste económico de las bodas ante notario será necesario ponerse en contacto con la notaría en cuestión, por su parte los enlaces celebrados ante los secretarios judiciales no tendrán costes.

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TBCLos Trabajos en Beneficio de la Comunidad o TBC, son un tipo de pena prevista en el Código Penal para algunos delitos y presenta unas características muy particulares, entre las que cabría destacar las siguientes:

- Se imponen sólo para algunos delitos.

- Suelen consistir en: mantenimiento de parques, participación en campañas de prevención...

- Tienen que tener como finalidad reparar el daño causado por el condenado.

- No son retribuidos.

- Tienen que ser aceptados por el condenado.

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dineroUn monitorio es un procedimiento judicial que sirve para que los acreedores puedan reclamar de forma sencilla las deudas que estén vencidas y sean exigibles, con independencia del importe de la cantidad debida

Este procedimiento se utiliza muchos por las comunidades de propietarios para reclamar las deudas de comunidad a los vecinos morosos. Así mismo, también es un procedimiento muy útil para que los autónomos y las empresas reclamen a sus deudores las cantidades debidas. 

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images 1La orden de protección es la principal medida judical que se puede acordar para proteger la integridad de una mujer víctima de violencia de género y puede ser solicitada ante: los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado; en Juzgados y Fiscalías; y en las Oficinas de Atención a Víctimas de violencia machista.

La orden de protección la concede el juez o jueza, si considera que hay una situación de peligro real para la mujer, después de haber oído, por separados, a la supuesta víctima y al presunto agresor.

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divorcios 4Una vez que se ha contraído matrimonio, los cónyuges que quieran divorciarse o separarse no pueden hacerlo de manera inmediata ya que nuestra actual legislación exige el transcurso de un determinado lapso de tiempo antes de que se pueda instar judicialmente la disolución del vínculo matrimonial

El tiempo que hay que esperar desde que se contrae matrimonio hasta que se puede presentar en el juzgado la demanda de separación o divorcio es de tres meses. No hará falta esperar el referido periodo de tiempo cuanto exista riesgo para la vida, para la integridad física, para la integridad moral o para la libertad sexual de alguno de los cónyuges o de los hijos.

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bienes gananciales privativosLas personas casadas en régimen de gananciales que se divorcian tienen liquidar la sociedad de gananciales, para lo cual resulta necesario hacer un inventario de los bienes y deudas existentes. Es importante, a la hora de liquidar la sociedad de gananciales, saber qué bienes son gananciales y cuáles son privativos de cada cónyuge.  

Se entienden como gananciales los siguientes: los obtenidos por el trabajo o la industria de cualquiera de los cónyuges; los frutos, rentas o intereses que produzcan tanto los bienes privativos como los gananciales; los adquiridos a título oneroso a costa del caudal común, bien se haga la adquisición para la comunidad, bien para uno solo de los esposos; los adquiridos por derecho de retracto de carácter ganancial, aun cuando lo fueran con fondos privativos, en cuyo caso la sociedad será deudora del cónyuge por el valor satisfecho; las empresas y establecimientos fundados durante la vigencia de la sociedad por uno cualquiera de los cónyuges a expensas de los bienes comunes.

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