VG33La recientemente aprobada Ley Orgánica 10/2022, de 6 de septiembre, de Garantía Integral de la Libertad Sexual, ha incorpado a nuestro Código Penal el delito de acoso callejero, introduciendo un nuevo apartado en el artículo 173.4 CP, que castiga a quienes "se dirijan a otra persona con expresiones, comportamientos o proposiciones de carácter sexual que creen a la víctima una situación objetivamente humillante, hostil o intimidatoria, sin llegar a constituir otros delitos de mayor gravedad". 

La incorporación de este delito a nuestro ordenamiento jurídico supone un avance en la lucha de la violencia hacia las mujeres, sin embargo, España no ha sido un país pionero a la hora de regular penalmente este tipo de situaciones ya que muchos otros países lo han hecho con anterioridad, así cabe cita a Bélgica que aprobó en 2014 una ley contra el acoso callejero, Perú que desde 2014 cuenta con una ley que define el acoso sexual callejero, Holanda lo regula desde 2017 y Francia y Reino Unido desde 2018, Chile desde 2019 y Costa Rica desde 2020.

AEG Abogada es un despacho ubicado en Sevilla capital que destaca por el asesoramiento y defensa jurídica integral de la mujeres víctimas de delitos por razón de género.