images 23El Tribunal Supremo (en su sentencia 661/2016, de 10 de noviembre) ha manifestado que difundir por televisión datos de una víctima de violencia de género tales como su nombre, su domicilio e imágenes que permitan identificarla, supone una vulneración del derecho a la intimidad y a la propia imagen de la mujer

Además de una vulneración del derecho a la propia imagen y a la intimidad, la difunsión en los medios de comunicación de datos que permitan identificar a una víctima de violencia contra la mujer contribuyen a lo que se donimina victimización secundaria

AEG Abogada es un despacho sevillano, referente en la defensa de los derechos de la mujeres víctimas de violencia machista así como de sus hijos menores de edad, que destaca por la especialización en la materia así como por el trato cercano con el que se trata a los clientes.