sextingEl nuevo delito de sexting, que ha sido incorporado a nuestro Código Penal en la última reforma operada en dicho texto legal, consiste en menoscabar la intimidad de una persona cediendo, divulgando o revelando imágenes o grabaciones de carácter íntimo de la misma.

Para que se entienda cometido el delito es necesario que las imágenes y grabaciones de carácter íntimo sean tomadas en un lugar privado con consentimiento de la persona agraviada pero la divulgación, cesión o revelación de las grabaciones o imágenes tiene que hacerse sin consentimiento de la misma, afectando por tanto a su derecho a la intimidad.

La revelación, cesión o divulgación de las imágenes podrá llevarse a cabo a través de diversos medios, a saber: redes sociales, email, whatsapp

AEG Abogada, despacho con sede en Sevilla y actuación en toda España, cuenta con abogados penalistas expertos en la defensa de las víctimas de delitos. Actuamos en todo tipo de procedimientos judiciales penales ante los tribunales del todo el territorio nacional, articulando la mejor defensa posible para nuestros clientes, lo cual nos convierte en un bufete referente en la materia.