divorcios 4Una vez que se ha contraído matrimonio, los cónyuges que quieran divorciarse o separarse no pueden hacerlo de manera inmediata ya que nuestra actual legislación exige el transcurso de un determinado lapso de tiempo antes de que se pueda instar judicialmente la disolución del vínculo matrimonial

El tiempo que hay que esperar desde que se contrae matrimonio hasta que se puede presentar en el juzgado la demanda de separación o divorcio es de tres meses. No hará falta esperar el referido periodo de tiempo cuanto exista riesgo para la vida, para la integridad física, para la integridad moral o para la libertad sexual de alguno de los cónyuges o de los hijos.

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