descarga 1Desde AEG Abogada hemos tenido conocimiento del caso de una mujer residente en Sevilla, víctima de violencia de género, a la cual se la ha condenado a seis meses de prisión por incumplimiento del régimen de visitas establecido a favor de su ex pareja, el cual la maltrataba, respecto de la hija común de 14 años, que se niega a estar con su progenitor.

La víctima estuvo sufriendo malos tratos por parte de su marido durante años, habiendo llegado éste a ser condenado a 21 meses de prisión por delito de malos tratos, pese a lo cual no entró en prisión por carecer de antecedentes penales y haber sido condenado a una pena de prisión inferior a los 2 años.

Judicialmente se acordaron visitas supervisadas del progenitor paterno a favor de la hija menor en un punto de encuentro, situación que se prolongó, incomprensiblemente, durante 7 años, negándose la menor desde hace 2 años a seguir acudiendo a tales visitas.

La mujer, con la finalidad de proteger a su hija, incumplió en diversas ocasiones el régimen de visitas al no llevar a la menor al punto de encuentro, ya que la hija se negaba a ir, lo que motivó que la víctima fuera condenada en diversas ocasiones por quebrantamiento del régimen de visitas al pago de multas, provocando ello el embargo de sus bienes.

Al contar la mujer con  antecedentes penales por diversas condenas por incumplimiento del régimen de visitas, ahora se vea obligada a entrar en prisión.

El grupo socialista ha solicitado al Congreso el indulto de la mujer para evitar su entrada en prisión.

La menor, con edad suficiente para declarar en el juzgado, ha manifestado ante el juez que en caso de que su madre entre en prisión, desea vivir con su familia materna.

En nuestro despacho somos especialistas en asuntos de violencia contra la mujer y en tramitación de asuntos de familia, pudiendo destacar los relativos a régimen de visitas de hijos menores, por lo que si necesita asesoramiento experto no dude en ponerse en contacto con nosotros.